martes, 30 de octubre de 2007

Hijos del rigor

Es probable que desde la misma idea de “Seguridad Alimentaria”, se encuentre implícito el concepto de la acción coercitiva. La norma que regula y sanciona, el inspector bromatológico que fiscaliza y multa.
En este sentido, el estado aparece con una actitud desplazada hacia las acciones de las del tipo punitiva, antes que en un papel educador o preventivo.
Por ejemplo, dentro del Código Alimentario Argentino, existen una serie de normas en donde se desarrolla el tema de la seguridad de los alimentos: ¿qué proporción está dedicada a las acciones preventivas? ¿cuánto a las educativas?.
En el mismo sentido, ¿qué proporción del entrenamiento de un inspector de bromatología está dedicado a su papel como fiscalizador? ¿cuánto a su papel como educador?.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

¿Deberìa un inspector ser "educador"? o el Estado debería diferenciar los roles, de tal forma que el que imparta el conocimiento no sea aquel que juzgue su aplicaciòn y respeto de la Ley?

Guido dijo...

Seguramente que en el planteo exista algo de provocador, pero habra de ser necesario primero entender como un fracaso las politicas del estado en tanto educador y como fiscalizador. Y antes en lo primero que en lo segundo.
Asi las cosas, entre el "como es" y el "como debe ser", probablemente el camino pase por resignar por un tiempo la accion punitiva para acentuar las tareas educativas. ¿Un inspector-educador? ¿por que no?
Por otro lado, es una premisa interesante el aceptar que la educación sanitaria de manipuladores de alimentos es la actividad más eficiente y económica para garantizar la calidad de los alimentos. Ver por ejemplo: Reflexiones sobre la educación sanitaria en higiene de los alimentos (Rev Cubana Aliment Nutr 1997;11(1):58-63).